Buenos Aires, Sabado 19 de mayo de 2012
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Ref.: Circular CONAU 1 - 965
Adecuaciones en el Plan y Manual de Cuentas. Nos dirigimos a Uds. a fin de comunicarles las modificaciones introducidas en el Plan y Manual de Cuentas. En relación con los títulos públicos y privados se precisó el criterio aplicable para considerar un título con o sin cotización. Además, se señala que se habilitaron las cuentas que se detallan a continuación: En el Rubro “Disponibilidades - En pesos”: · Efectivo en caja - Operaciones de cambio · Efectivo en caja - Operaciones con títulos valores · Efectivo en tránsito En el Rubro “Disponibilidades - En moneda extranjera”:
· Efectivo en caja - Operaciones con títulos valores
· Efectivo en tránsito
En el Rubro “Bienes de Cambio - Billetes y monedas - En moneda extranjera”:
· Billetes y monedas en cajas de seguridad
· Billetes y monedas en tránsito
En el Rubro “Bienes de Cambio - Metales”:
· Metales en cajas de seguridad
· Metales en tránsito
En el Rubro “Bienes de Cambio - Cheques - En moneda extranjera”:
· Cheques en cajas de seguridad
· Cheques en tránsito
Por último, se adecuaron las siguientes cuentas:
En el Rubro “Disponibilidades - En pesos”:
· Efectivo en caja - Operaciones de turismo
En el Rubro “Disponibilidades - En moneda extranjera”:
· Efectivo en caja - Operaciones de turismo
· Efectivo en cajas de seguridad
Las presentes disposiciones serán de aplicación para los ejercicios económicos iniciados a partir del 01.07.2012.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Ricardo O. Maero
Gerente Principal de Régimen Informativo
Estela M. del Pino Suárez
Subgerente General de Régimen Informativo y Central de Balances
ANEXO (En www.cadecac.com.ar encontrará en la sección documentos/bcra circular tipo A la comunicación de manera completa)